Tasa turística 2026: nuevos recargos municipales desde octubre

Desde el 1 de octubre de 2026, varios municipios catalanes aplican nuevos recargos municipales sobre el impuesto que grava las estancias en establecimientos turísticos.
La medida afecta a Castelldefels, Esplugues de Llobregat, Hospitalet de Llobregat, Prat de Llobregat, Sabadell, Sant Cugat del Vallés y Sant Just Desvern, con importes que varían según el municipio y el tipo de alojamiento.

En este artículo te contamos:

  • Qué municipios aplican el nuevo recargo.
  • Cuánto deberá pagarse según el tipo de alojamiento.
  • ¿Qué deben revisar los negocios del sector turístico.

¿Qué municipios aplican el nuevo recargo?

Los nuevos recargos municipales entran en vigor el 1 de octubre de 2026, pero no son iguales en todos los municipios.

Por ejemplo, en Sabadell, Sant Cugat del Vallès y Hospitalet de Llobregat, los importes iniciales son:
  • Hoteles de 5 estrellas y gran lujo: 4€.
  • Hoteles de 4 estrellas y 4 estrellas superior: 1,80€.
  • Viviendas de uso turístico: 1,75€.
  • Albergues de juventud: 0,80 €.
  • Resto de campings y establecimientos: 0,90€.
A partir del 1 de abril de 2027, varios de estos importes aumentarán. En estos tres municipios, por ejemplo, las viviendas de uso turístico pasarán a tener un recargo de 2,50€.

Los importes varían según el municipio

Es importante no aplicar un mismo criterio en todos los establecimientos. Castelldefels, Esplugues, El Prat y Sant Just Desvern tienen importes y categorías específicas, mientras que Hospitalet, Sabadell y Sant Cugat comparten los mismos recargos.

En algunos casos, la diferencia es considerable. En Castelldefels, por ejemplo, una vivienda de uso turístico tiene un recargo de 1,75 € hasta el 31 de marzo de 2027 y de 2,40 € a partir del 1 de abril. En Esplugues, en cambio, estos importes son de 0,90€ y 1,20€, respectivamente.
Por tanto, los establecimientos turísticos deben comprobar la tarifa concreta de su municipio, su categoría y la fecha de la estancia.

¿Qué deben revisar los alojamientos turísticos?

Hoteles, viviendas de uso turístico, albergues y otros establecimientos afectados deberían revisar que sus sistemas de reservas y facturación incorporen correctamente el nuevo recargo.

En especial, conviene comprobar:
  • La categoría del establecimiento.
  • El recargo vigente en el municipio.
  • La fecha a partir de la que se aplica.
  • Los cambios previstos para el 1 de abril de 2027
Y, aprovechando que muchos negocios tendrán que actualizar sus sistemas de gestión, también es un buen momento para revisar otros cambios en facturación. En este sentido, puede consultar nuestro artículo sobre la factura electrónica B2B y el nuevo calendario de implantación, especialmente relevante para empresas y autónomos.

Evita errores en la aplicación de la tasa turística

Los nuevos recargos obligan a los establecimientos afectados a tener muy clara la tarifa aplicable en cada momento, especialmente porque algunos importes volverán a cambiar a partir de abril de 2027.

En Fika Economistas y Abogados podemos ayudarte a revisar cómo afecta el nuevo recargo a tu establecimiento y comprobar que lo estás aplicando correctamente.

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